Es
prioritario efectuar
el registro de la marca
en el país donde
ingresarán las
mercaderías antes
de cerrar la primera
operación de
COMPRA. De nada servirá
tener un buen producto,
haber logrado un buen
precio de colocación
sin tener, al menos,
presentadas las solicitudes
de registro de Marca
en la Oficina Local
del País importador.
Conociendo
las irregularidades
cometidas en nuestro
país, especialmente
en temas críticos
tales como la defensa
de la competencia y
la defensa del Consumidor,
es fundamental desterrar
esta actitud común
existente en la Argentina.
Nuestra experiencia
en el exterior nos ha
enseñado que
se le da otro valor
a la vulnerabilidad
de los Derechos que,
por ejemplo, pueda sufrir
el titular de una marca
por su USO INDEBIDO.
Por este motivo, aconsejamos
a nuestros clientes
verificar, en primerísima
instancia, la viabilidad
del Registro de SU MARCA
en el país donde
se comercializarán
sus productos. De no
ser posible el registro
de SU MARCA por la existencia
previa de otra igual
o parecida, absténgase
de solicitarla y/o utilizarla
al comercializar sus
productos. Las penas
por el uso indebido
suelen ser severas.